El seguro para drones en nuestro país es de reciente creación, fué en 2014 cuando comenzaron a comercializarse las pólizas de Responsabilidad Civil para las aeronaves no tripuladas, por tanto menos del 10% de las compañías aseguradoras ofertan este tipo de pólizas.
Aún así, se debe tener contratada una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil frente a terceros por daños que puedan surgir durante y por causa de la ejecución de cada vuelo que se realice, tanto con fines recreativos como profesionales, sin excepción y hasta que no salga a la luz el REAL DECRETO.
Actualmente, seguimos en periodo transitorio y es por ello que toda aeronave deberá poseer un seguro de responsabilidad civil y esto, si no hay modificaciones futuras, será hasta que definitivamente se establezca el R.D. ya que para entonces se eximirá del requisito de seguro obligatorio a los UAS de clase C0 y a aquellos sin marcado de clase con masa máxima al despegue inferior a 250 g operados en subcategoría A1. ¿Pero para cuando será esto? Pues nadie lo sabe con certeza, así que mejor no arriesgarse.
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La ley determina sanciones de hasta 225.000 euros si vuelas sin tener una póliza de responsabilidad civil
Suscribir un seguro para drones es una forma de mitigar los riesgos asociados, por supuesto al uso profesional, pero también al recreativo, ya que nunca hay que olvidar, que un dron no es un juguete, y hay que considerar su uso con suma responsabilidad.
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